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viernes, 21 de agosto de 2015

Espacios de la rebeldía / Los arbitrajes laborales son un medio idóneo para la solución de conflictos

Los redactores, en 1999, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, CRBV, en un arrebato de idealismo del que, son pródigos, aquellos que, sintiéndose fundadores de las quinta esencias del mundo, asentaron, refiriéndose al asqueante sistema judicial que, en esa época se impartía en la comarca, que, de ahora en adelante, “el proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia”.
La verdad es que, esa afirmación, no les quedó mal.                                 
En la vida todos queremos comida, amor y justicia, entre otras maravillas.
Luego de tan contundente aseveración, los constituyentes, se percatan que, en esta tierra de gracia, históricamente, sus habitantes, cuando exteriorizamos nuestras taras culturales, hemos sido (y a veces sin necesidad), unos torcedores de leyes, normas y preceptos.
Máxime, cuando ostentamos, aunque sean pizcas de poder.
Confiar, para lograr la justicia, en los órganos que, desde que, nacimos han tenido ese monopolio desde las instituciones judiciales, parece un riesgo que, no se debe correr, pensaron.
Hay que abrirle otras puertas a la necesidad social que, verdaderamente, haya justicia.
Seamos, creativos, apuntaron los constituyentistas.!
Esos espacios, de posibles soluciones a los conflictos sociales, humano y, de familia, acumulados en la sociedad, son, entre otros, aquellos medios alternativos a la justicia tradicional  representados por  los tribunales.
Por, ello, a partir de nuestra vigencia,  “la ley  promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos”, reza el artículo 258 del texto jurídico fundamental del país.
El arbitraje es el mecanismo legal, mediante el cual, las partes involucradas en una desaveniencia o conflicto, someten, por acuerdo entre ellos, el asunto de la desaveniencia, al conocimiento y solución de una Junta Arbitral electa, también por ellos,  para que, en un lapso breve (normalmente de un mes) ésta pronuncie una decisión expuesta a través de un Laudo Arbitral que, las partes, de antemano y, por escrito, se han comprometido a acatar y respetar.
En Guayana hay buenas experiencias, en los escenarios laborales, con el uso del arbitraje.
Así, por  ejemplo, el 22 de marzo del 2001, mediante Laudo Arbitral, se les solucionó, sin traumas (y mucha alegría), a los trabajadores del sector aluminio, el tema de la adicionalidad de las prestaciones sociales.
Ese era un tema que, desde 1997,  en el aluminio, le amargaba la vida a mucha gente.
En esa ocasión, fui el abogado defensor y ganador de esa histórica lucha.
La segunda parte, de la definición, conceptualización e identificación del salario normal, en ferrominera, pues la primera fue por medio de acuerdo, igualmente se logró, exitosamente,  por medio de un arbitraje.
Pero hay, otras experiencias, también exitosa del uso del arbitraje en Guayana, en beneficio de los trabajadores.
Justo,  ayer, en una vigorosa asamblea que, en los portones de ferrominera, tuve con un grupo de  sus trabajadores, a propósito de informarles sobre los avances suscitado por la reciente  decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo referido a la demanda que, desde hace trece años, deambula en los tribunales venezolanos, sin una respuestas final, vino a colación la posibilidad de usar, si los tribunales oficiales, siguen con sus evasivas, la alternativa del arbitraje como un medio idóneo para la solución de ese conflicto  laboral.
Eso la  ley lo permite. Es legal que, la empresa Ferrominera y, sus trabajadores, lleguen a un acuerdo para trasladar a una Junta Arbitral, la solución inmediata ( en un lapso no mayor de un mes) la solución de ese conflicto.
Pues, hasta hoy, los tribunales venezolanos involucrados y, en trece años, no han sido capaces de pronunciarse sobre el fondo de ese asunto.
Desde el lado de los trabajadores, estamos dispuestos, desde ya, a  buscarle una solución a esa problemática, por medio del arbitraje, porque eso contribuye a la realización pronta de la justicia.
Y la realización de la justicia, es un desvelo constitucional.
Sabemos que, es imposible, constitucionalmente hablando, que los ferromineros pierdan la adicionalidad de sus prestaciones sociales.
Adelante!     Gabriel Moreno


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